Calculadora de Liquidación Laboral Perú 2024
Calcula todos los beneficios que te corresponden al terminar tu relación laboral: CTS, vacaciones, gratificación trunca y más.
📋 Calcula tu Liquidación
Incluye CTS, vacaciones truncas, gratificación trunca y más
¿Qué es la Liquidación de Beneficios Sociales?
La liquidación de beneficios sociales es el pago que recibe un trabajador cuando termina su relación laboral. Incluye todos los beneficios acumulados y no pagados hasta la fecha de cese.
Componentes de la Liquidación
1. CTS Trunca
Es la CTS proporcional al tiempo trabajado desde el último depósito semestral hasta la fecha de cese. Se calcula igual que la CTS regular pero por el período trabajado.
2. Vacaciones Truncas
Son los días de vacaciones proporcionales al tiempo trabajado en el año actual. Se calcula: (Remuneración / 12) × meses trabajados.
3. Vacaciones No Gozadas
Si tienes períodos vacacionales completos que no tomaste, te corresponde el pago de esos días más una indemnización equivalente a otra remuneración.
4. Gratificación Trunca
Es la gratificación proporcional al tiempo trabajado en el semestre actual (enero-junio o julio-noviembre), más la bonificación del 9%.
Ejemplo de Liquidación:
Trabajador con sueldo S/. 3,000, que trabajó 2 años y 3 meses:
- CTS trunca (3 meses): S/. 775.00
- Vacaciones truncas (3 meses): S/. 750.00
- Gratificación trunca (3 meses): S/. 1,635.00
- Total aproximado: S/. 3,160.00
Indemnización por Despido Arbitrario
Si fuiste despedido sin causa justa, te corresponde una indemnización:
- Contrato indefinido: 1.5 sueldos por año trabajado (máximo 12 sueldos)
- Contrato a plazo fijo: 1.5 sueldos por cada mes que faltaba para terminar el contrato
Preguntas Frecuentes sobre Liquidación
El empleador tiene 48 horas desde el cese para pagar la liquidación. Si no cumple, deberá pagar intereses legales por cada día de retraso.
Puedes presentar una denuncia ante SUNAFIL o iniciar un proceso judicial laboral. Guarda todos los documentos que acrediten tu relación laboral.
La CTS y la indemnización por despido están inafectas. Las vacaciones y gratificación trunca sí están afectas al Impuesto a la Renta si superan las 7 UIT anuales.
Sí, te corresponden todos los beneficios truncos (CTS, vacaciones, gratificación). Lo único que no recibes es la indemnización por despido.
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